En 1984 se aprobó la Ley General de salud en la cual en el artículo 79 se enlistan las profesiones que requieren título para su ejercicio. En el anteproyecto de la ley aparecía optometría, pero cuando la ley fue aprobada ya no estaba.
Al preguntarle porque había pasado esto al Subsecretario de Planeación de la Secretaría de Salubridad, de esa época el Lic. José Francisco Ruiz Massieu, contesto que recibió indicaciones de la Presidencia para que se quitara a la optometría.
Al responder por escrito la Dirección de Asuntos Jurídicos de la misma Secretaría indica que la optometría es una rama de la medicina por lo tanto queda comprendida en el citado artículo.
¿Quiere esto decir que los que ejercen la optometría sin título profesional están ejerciendo la medicina ilegalmente?