viernes, 4 de junio de 2010

COSAS CURIOSAS DE LA LEY DE SALUD DEL D.F.

En la Ley de Salud del Distrito Federal NO se contempla a las optícas y menos a la optometría o a la salud visual pero si tiene cosas curiosas como esta:
Capitulo XX. Artículo 197.- Los establecimientos cubiertos y descubiertos dedicados al fisicoculturismo, a ejercicios aeróbicos y deportes en general, deberán acreditase ante la Agencia para su funcionamiento, que sus instructores y profesores tengan la preparación técnica o profesional reconocida por alguna institución autorizada por el sistema educativo nacional. Sus instalaciones deberán acreditar los requisitos sanitarios establecidos por la Agencia y en ellas no se podrá permitir la venta, difusión o promoción de productos, sustancias o procedimientos no autorizados ni registrados ante las autoridades sanitarias competentes.